Guia Laboral
1. CONTRATOS LABORALES
1.6 Tipos de Contratos
1.6.a Contratos de Duración Determinada / Contratos Temporales
1.6.a.7 CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
Concepto:
Es el contrato de trabajo celebrado para prestar servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de un/a trabajador/a a tiempo completo comparable (de la misma empresa o centro de trabajo, con el mismo tipo de contrato y que realice trabajo idéntico o similar).
Si no hay trabajador/a comparable, se toma en cuenta la jornada a tiempo completo prevista en Convenio Colectivo o la máxima legal.
Formalización:
Se deberá formalizar necesariamente por escrito, en el modelo que se establezca. En el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución.
De no observarse estas exigencias, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios y el número y distribución de horas contratadas. Se comunicará al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en los 10 días siguientes a su concertación.

















