Guia Laboral
3. MODIFICACIONES
3.1 Movilidad Geográfica
Se produce en aquellos supuestos de cambio de centro de trabajo que conlleva un “cambio de residencia” del/la trabajador por la acción tomada por el/la empresario/a. En este caso, el cambio de residencia es indispensable.
Dentro de la movilidad geográfica, hay que distinguir:
Traslados:
Exigen como requisito indispensable que existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que los justifiquen, de tal forma que contribuyan a mejorar la situación de la empresa, favoreciendo su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a la exigencia de la demanda.
Desplazamientos:
A diferencia de los anteriores, estos son temporales por lo que no es necesario el cambio de domicilio habitual. Esta temporalidad se fija en 3 meses en un año, o en 12 meses en un período de 3 años, de forma que los que excedan de este plazo tienen a todos los efectos el tratamiento previsto para los traslados.

















