Guia Laboral

6. Seguridad Social

6.3 Situaciones Protegidas

6.3.a Asistencia Sanitaria

Son beneficiarios de esta prestación todos/as los/as españoles/as y extranjeros/as residentes en territorio nacional, y los/as españoles/as residentes en el extranjero de acuerdo con las leyes y convenios internacionales.

También tienen derecho a la asistencia sanitaria las personas sin recursos económicos suficientes de los siguientes colectivos, que se encuentren en territorio español:

  • Españoles/as.
  • Extranjeros/as con residencia legal.
  • Extranjeros/as inscritos/as en el padrón del municipio en el que habitualmente residan.
  • Extranjeros/as menores de 18 años.
  • Otros/as extranjeros/as no incluidos en los apartados anteriores a los que se les atenderá exclusivamente de urgencia, ante la contracción de enfermedades graves o accidentes y en caso de embarazo, una vez constatado éste, durante el mismo y hasta seis semanas después del parto.

Las aportaciones que realizarán los beneficiarios al coste de la asistencia farmacéutica variará en función de las circunstancias personales y tipo de medicamento. Será GRATUITA (Siempre que se encuentre en el listado de medicamentos aprobado por el Gobierno a tal fin) para:

  • Pensionistas y sus beneficiarios.
  • Para los que reciben la prestación de invalidez provisional.
  • Para los/as minusválidos/as.
  • Para los/as accidentados/as de trabajo y aquellos que tengan reconocida enfermedad profesional.
  • Para los/as afectados/as por el síndrome tóxico.
  • Para todos/as los/as enfermos/as mientras se encuentren hospitalizados en la red de la Seguridad Social.

El resto de beneficiarios de la Seguridad Social tienen un descuento de un 10 o 40 por ciento del precio de venta al público en función del medicamento que se venda.