Guia Laboral
4. SALARIO
4.3 Salario Mínimo Interprofesional
Es la retribución mínima a la que tienen derecho todas las personas trabajadoras por la prestación de sus servicios.
Para el año 2.009, la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) está fijada en 624 € al mes.

















