Tablón Virtual IFEF

FINANCIACIÓN:

ICO RED.ES ACELERA


BENEFICIARIOS:
Podrán solicitar esta financiación los beneficiarios de ayudas de las convocatorias publicadas por Red.es.
A título indicativo, podrán ser Clientes las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas en España:
• Empresas.
• Fundaciones, asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de estas) y colegios profesionales.
• Las entidades locales, Comunidades Autónomas uniprovinciales y Ciudades Autónomas.
• Las Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios
• Organismos Públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
• Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
• Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

CONCEPTOS FINANCIABLES:
Proyectos para los que se apruebe la concesión de ayudas por RED.es, a título indicativo, los siguientes:
1. Proyectos de desarrollo experimental que podrán incluir la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en tecnologías tales como:
a) Inteligencia Artificial, Internet de las Cosas (IoT); tecnologías 5G; tecnologías de procesamiento masivo de datos e información; computación de alto rendimiento; computación en la nube; procesamiento de lenguaje natural; ciberseguridad; biometría e identidad digital; Blockchain; robótica; inteligencia artificial; realidad virtual y aumentada; efectos especiales y simulación; micro/nanoelectrónica; Impresión 3D- Fabricación aditiva.
b) Contenidos digitales: puesta a disposición de datos de forma masiva y en  formatos reutilizables, videojuegos, animación digital, música, cine y vídeo, contenidos audiovisuales, publicaciones digitales, publicidad digital, redes sociales y aplicaciones móviles.

2. Proyectos que fomenten desarrollo, impulso y adopción de tecnologías digitales, que posibiliten el estímulo de la demanda, así como el desarrollo de proyectos tractores y el emprendimiento en el ámbito tecnológico.

DONDE SOLICITAR:
En cualquiera de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto.
Puede consultar el listado completo de entidades a las que se puede dirigir en el apartado “Dónde solicitar” que figura en la ficha de producto.
Previamente, los Clientes solicitarán la aprobación de sus proyectos y la correspondiente ayuda a RED.es, en las fechas y condiciones establecidas en las correspondientes Convocatorias publicadas por dicha entidad que se sujeten a la línea ICO RED.ES ACELERA.

CONCESIÓN DE LA FINANCIÓN Y TRAMITACIÓN:
La Entidad de Crédito en la que se presente la solicitud decidirá sobre la concesión de la financiación.
Con anterioridad el cliente habrá obtenido la aprobación del proyecto y la ayuda correspondiente de RED.es, en las fechas y condiciones establecidas en las correspondientes Convocatorias publicadas por dicha entidad.

IMPORTE MÁXIMO:
Hasta el 100% del importe del proyecto, menos el importe del pago anticipo realizado de la ayuda, en caso de solicitarse.

MODALIDAD DE LA OPERACIÓN:
La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo.

PLAZO DE AMORTIZACIÓN Y CARENCIA:
• de 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
• de 7 con 0, 1 ó 2 años de carencia

TIPO DE INTERÉS DEL PRÉSTAMO:
El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable. Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación.

COMISIONES Y GASTOS:
La Entidad de Crédito podrá aplicar una comisión al inicio de la operación. El coste para el cliente de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación en función de su plazo.
Además podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 1% sobre el importe cancelado cuando la operación se haya formalizado a tipo fijo. Cuando se haya formalizado a tipo variable, se aplicará una comisión máxima del 0,05% a las operaciones con una vida residual hasta 2 años, de hasta el 0,15% a las operaciones con una vida residual superior a 2 años e inferior a 5 años y del 0,40% a las operaciones con vida residual superior a 5 años.
En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 2% sobre el importe indebidamente formalizado.

TAE DE LA OPERACIÓN:
La Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable a la operación estará compuesta por el coste de la comisión inicial que en su caso aplique la Entidad de Crédito más el tipo de interés. La TAE no podrá superar los límites siguientes:
• Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable más hasta 2,30 %.
• Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo fijo o variable más hasta 4,00%.
• Para operaciones a un plazo igual o superior a 5 años: tipo fijo o variable más hasta 4,30%.
En el apartado “TAE” que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el coste máximo para el cliente (TAE) que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Esta TAE se actualiza con carácter quincenal.

AYUDA RED.ES:
Una vez que el cliente realice el proyecto, RED.es verificará la justificación del mismo para obtener una ayuda que se corresponderá con el gasto efectivamente realizado.
La ayuda se abonará al cliente minorando el principal pendiente del préstamo que tenga formalizado con la Entidad de Crédito. En el caso de que haya solicitado y obtenido el pago anticipado de la ayuda, se le abonará descontando el anticipo.
Si después de aplicar la ayuda a la minoración del principal del préstamo, existiese un remanente del importe de la misma, por ser superior al saldo vivo de la operación, se abonará dicho importe en la cuenta del cliente.

GARANTÍAS:
La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, éstas deberán estar relacionadas con el objeto financiado y no podrán superar el importe del préstamo que garantizan.
Compatibilidad de esta financiación con las ayudas que conceden otros organismos Las ayudas previstas en esta Línea ICO-RED.ES ACELERA serán compatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas, para el mismo proyecto subvencionable procedentes de cualquier Administración o entes públicos, siempre que las Órdenes Ministeriales y/o la normativa aplicable en cada caso, lo permita.

DOCUMENTACIÓN:
El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.

VIGENCIA:
La Línea estará hasta vigente hasta el 31 de marzo de 2024



ENTIDAD:
INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL (ICO)
Tfno.: 900 121 121
http://www.ico.es



MÁS INFORMACIÓN:
IFEF
Area de Promocion Economica

Cuesta de las Calesas, 39.
Tfno.: 956 290 213
www.ifef.es